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Los psicólogos y los interrogatorios de los detenidos

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Pope (2011a), ya señaló cómo la participación en interrogatorios de los detenidos viene presentando a los psicólogos ante un amplio abanico de complejos problemas éticos y prácticos. Asuntos como ética y seguridad, transparencia, identidades profesionales, psicólogos, cualificaciones de psicólogos; conflictos ético-legales, la tortura, las políticas de reflexión profesional y oposición a la tortura, las interpretaciones acerca de qué son daños y cómo puede el psicólogo contribuir a evitarlos, la realización de interrogatorios eficientes, son asuntos tratados en los últimos artículos de Kennet Pope, a lo largo de los últimos años.

En un artículo reciente, Pope (2011b) vuelve a señalar que:

Después de los atentados del 11-S, Estados Unidos comenzó a interrogar a los detenidos en sitios como Abu Ghraib, Bagram y Guantánamo. La American Psychological Association (APA) apoyó la intervención de psicólogos en los interrogatorios, adoptando políticas formales y haciendo una serie de garantías públicas. El propósito de este artículo es poner de relieve las decisiones clave de la APA, políticas, procedimientos, documentos y declaraciones públicas con necesidad urgente de repensar y sugerir preguntas que pueden ser útiles para una evaluación seria, como por ejemplo, “¿Aunque bien intencionadas, eran éticas las políticas de interrogatorio de la APA?”, “¿Eran válidas, realistas y capaces de lograr su propósito?”, ¿Habían disponibles otros métodos que permitan abordar los problemas de interrogatorio de manera más directa, integral y activa, que sean más éticos y con base científica, y que tengan una mayor probabilidad de éxito?”, y “¿Debería la APA continuar apoyando su mensaje del 11-S de las políticas de interrogatorio del detenido?

Cláudio (2009) indica que la APA, mediante el código deontológico, llega a “reglamentar hasta el más pequeño detalle”, pero “ese mismo código permitiría la participación de los psicólogos en los interrogatorios en Guantánamo, por considerar que eran relevantes para conseguir información con el objetivo de seguridad nacional”.

No obstante, es posible que alguno de los Principios Generales, incluidos en los Principios Éticos de los Psicólogos y el Código de Conducta de la APA, cuestione, como hace Pope (2011) en su artículo, el apoyo a las políticas de interrogatorio del detenido que apoya la APA, por ejemplo, en el “Principio A: Beneficencia y No maleficencia”, se dice que “(…) En sus acciones profesionales, los psicólogos tratarán de salvaguardar el bienestar y los derechos de las personas con las que interactúan profesionalmente y otras personas afectadas (…)”. Resulta bastante difícil conciliar esto con los interrogatorios en Guantánamo y, por lo tanto, la presencia o apoyo de los psicólogos en este tipo de actividades sería éticamente bastante controvertida.

Apartándose del modelo americano, el Meta-código de Ética de la Federación Europea de Asociaciones de Psicólogos (EFPA), elaborado por un grupo de psicólogos de distintos países de Europa, intenta unificar las normas, salvaguardando las diferencias culturales y consecuentemente éticas y morales de cada uno de los países miembros, basándose en cuatro principios éticos fundamentales e interdependientes (Cláudio, 2009; Lindsay, 2009):

  • Respeto por los derechos y dignidad de las personas: “Los psicólogos promoverán el desarrollo de los derechos fundamentales, dignidad y valor de todas las personas. Respetarán los derechos a la privacidad, confidencialidad, autodeterminación y autonomía, compatibles con las otras obligaciones profesionales de los psicólogos y con la ley”.
  • Competencia: “Los psicólogos se esforzarán por asegurar y mantener elevados niveles de competencia en su trabajo. Reconocerán las fronteras de sus competencias particulares y las limitaciones de sus conocimientos. Proporcionarán sólo los servicios y utilizarán sólo las técnicas para las cuales están cualificados por su educación, entrenamiento y experiencia”.
  • Responsabilidad: “Los psicólogos serán conscientes de sus responsabilidades profesionales y científicas con sus clientes, con la comunidad y con la sociedad en que trabajan y viven. Los psicólogos evitarán perjudicar y serán responsables de sus propias acciones, asegurando ellos mismos, tanto como sea posible, que sus servicios no sean mal utilizados”.
  • Integridad: “Los psicólogos procurarán promover la integridad en la ciencia, enseñanza y práctica de la psicología. En estas actividades los psicólogos serán honestos, justos y respetuosos con los demás. Intentarán clarificar sus roles como profesionales y actuarán de forma apropiada de acuerdo con ellos”.

En España, en relación con este tema, los artículos 7º y 8º del Código Deontológico del Psicólogo dicen lo siguiente:

Artículo 7º

El/la Psicólogo/a no realizará por sí mismo, ni contribuirá a prácticas que atenten a la libertad e integridad física y psíquica de las personas. La intervención directa o la cooperación en la tortura y malos tratos, además de delito, constituye la más grave violación de la ética profesional de los/las Psicólogos/as. Estos no participarán en ningún modo, tampoco como investigadores, como asesores o como encubridores, en la práctica de la tortura, ni en otros procedimientos crueles, inhumanos o degradantes cualesquiera que sean las personas víctimas de los mismos, las acusaciones, delitos, sospechas de que sean objeto, o las informaciones que se quiera obtener de ellas, y la situación de conflicto armado, guerra civil, revolución, terrorismo o cualquier otra, por la que pretendan justificarse tales procedimientos.

Artículo 8º

Todo/a Psicólogo/a deber informar, al menos a los organismos colegiales, acerca de violaciones de los derechos humanos, malos tratos o condiciones de reclusión crueles, inhumanas o degradantes de que sea víctima cualquier persona y de los que tuviere conocimiento en el ejercicio de su profesión.

Para Lang (2009), cuando nos enfrentamos a “dilemas éticos con daño inevitable para el cliente o para alguna de las partes, los psicólogos han de sopesar cuidadosamente los efectos y consecuencias de sus acciones, buscando la decisión más equilibrada posible en ese momento”. Cuando el daño sea predecible e inevitable como, por ejemplo, “en el caso de atestiguar como perito en la evaluación de una víctima de violación”, donde la misma evaluación puede causar angustia emocional a la víctima, se debe buscar un medio de minimizarlo.

Referencias bibliográficas:

Cláudio, V. (2009). Entre los caminos A y B elijo el incierto C: el bien, el mal y los dilemas éticos. Papeles del Psicólogo, 30(3), 235-243. Obtenido el 22 de noviembre de 2011, de http://www.papelesdelpsicologo.es/pdf/1752.pdf

Lang, F. (2009). El principio de Responsabilidad. Papeles del Psicólogo, 30(3), 220-234. Obtenido el 22 de noviembre de 2011, de http://www.papelesdelpsicologo.es/pdf/1751.pdf

Lindsay, G. (2009). Ética profesional y psicología. Papeles del Psicólogo, 30(3), 184-194. Obtenido el 22 de noviembre de 2011, de http://www.papelesdelpsicologo.es/pdf/1747.pdf

Pope, K.S. (2011a). Psychologists and detainee interrogations: Opportunities lost and lessons learned. Annual Review of Clinical Psychology, 7, 459–481.

Pope, K.S. (2011b). Are the American Psychological Association’s detainee interrogation policies ethical and effective? Key claims, documents, and results. Zeitschrift für Psychologie/Journal of Psychology, 219(3), 2011, 150-158.

Permalink: http://medicablogs.diariomedico.com/reflepsiones/2011/11/23/los-psicologos-y-los-interrogatorios-de-los-detenidos/

Autor: Luis Aparicio Sanz

Fotografía: Flickr

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Esta obra está bajo una licencia de Creative Commons.

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